La
Justicia estableció que un usuario de un vehículo que sufrió daños en un
siniestro vial puede reclamar la indemnización no sólo por sus lesiones sino
también por los perjuicios del automotor aunque no sea el titular registral del
mismo.
En
un reciente fallo se estableció que “el usuario, entendiendo por tal a todo
aquel que haga valer el derecho que le confiere su calidad de poseedor,
usufructuario, usuario -este último en los términos del art. 2948 del Código
Civil- está legitimado para reclamar indemnización por los daños sufridos por
el rodado aunque no haya efectuado o pagado las reparaciones, y sin que a ello
obste que no se haya probado la calidad invocada en la demanda si se acredita
otra que dé derecho al resarcimiento…” (“B. J. M. c/ K. M. s/ daños y
perjuicios Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil Sala/Juzgado: E,
Cita: MJ-JU-M-115581-AR | MJJ115581 | MJJ115581”).
Se deja aclarado que
siempre hay que evaluar el caso específico y si necesita nuestro asesoramiento
puede enviar un mail a info@estudiosilvanaalonso.com.ar o enviar whatsapp al 11-5622-3506.
Dra.
Silvana Alonso
Estudio
Silvana Alonso
Tucumán
1424, Piso 4, Of. "D", CABA
(54) (11)
4371- 4375 / 15-5622-3506
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