LA PREPAGA DEBE CUBRIR CIRUGÍA RECONSTRUCTIVA


Las empresas de medicina prepaga tienen la obligación legal de cubrir la cirugía reconstructiva como consecuencia de una mastectomía por patología mamaria así como la provisión de las prótesis necesarias. Esto debe ser cubierto de esta manera atento que es lo ordenada por el médico tratante que es quien está en condiciones de determinado qué es lo mejor para el paciente.

La Justicia Federal en el expediente "C.R., C.A. c/ Sancor Salud s/ Amparo", sostuvo que “las prestatarias de servicios de salud no pueden evaluar la conveniencia o no de un tratamiento acordado por un médico de cabecera del paciente, cuando este justifica debidamente la necesidad".

Por ello, en el caso de no obtener la cobertura pedida es importante enviar una intimación formal a la prepaga para poder dejar asentado el pedido y la negativa o silencio de la misma. Luego de eso se podrá iniciar el reclamo judicial pertinente y así obtener lo que debieron cubrir desde un principio. 

Se deja aclarado que siempre hay que evaluar el caso específico. 

Para nuestro asesoramiento ingrese a www.estudiosilvanaalonso.com.ar y complete el formulario de reclamo o puede comunicarse enviando un email a info@estudiosilvanaalonso.com.ar o al contacto telefónico 6060-7905 o whatsapp al 11-5622-3506 y lo atenderemos a la mayor brevedad posible.

Estudio Silvana Alonso

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Comentarios

Unknown ha dicho que…
Hola Dra. Consulta, ¿es posible que cobren un interés del 6-7% por día de atraso de una cuota de la prepaga ?