4 CLAVES PARA COMPRAR UN 0 KM CON BONIFICACIONES:


Los aumentos constantes en los valores de los vehículos 0 km. y las bonificaciones que se ofrecen desde las automotrices sumadas a las ofrecidas por los concesionarios lleva a muchas personas a elegir la compra al contado o financiadas (no planes de ahorro) por Bancos y/o financieras del sector para aprovechar los importantes descuentos.
Cuando la compra se realiza de esta manera pudimos advertir que, en algunos casos, surgen inconvenientes al momento del cierre de la operación.
Por ello a continuación te contamos algunas claves en cada caso:
I.- PRESUPUESTO – VIGENCIA: 
Al momento de elegir comprar un vehículo al contado hay que tener presente que las bonificaciones y el precio final pueden tener un plazo definido. Es decir que, si una persona decide la compra de un 0 km. y le entregan un presupuesto en el que figura el precio, bonificación del fabricante, descuento del concesionario y gastos no se podrá modificar si se encuentra dentro del plazo de vigencia.
En algunos casos, la discusión surge cuando la operación se cierra y, al momento de emitir la factura, el precio del vehículo subió y/o cambió el monto de los descuentos. La solución es clara, el valor final y la vigencia del presupuesto debe ser informado al comprador en forma precisa y determinada. De esta manera, si el precio se modifica pero se encuentran dentro del plazo de vigencia del presupuesto se deberá estar al valor final informado.
La sugerencia es guardar toda la documentación desde el inicio de la operación para poder cotejar los valores y fechas informadas para exigir el cumplimiento de lo pactado.
II.- FACTURA EMITIDA – AUMENTO DEL PRECIO DEL 0 KM:
En los casos en los que se emitió la factura de compra del vehículo, el precio ya no puede ser modificado por el vendedor. El comprador tiene el derecho a exigir que se le entreguen los formularios correspondientes para hacer el patentamiento por sí o a través del gestor interviniente sin tener que pagar ninguna suma adicional en concepto de diferencia de precio del vehículo porque ya está definido el valor final al momento de la emisión de la factura. Si, podrán modificarse los valores en el gasto de patentamiento al momento del pago de los tributos que cobra el Registro de la Propiedad Automotor salvo que el concesionario haya cobrado por anticipado estos conceptos y conste en el presupuesto original.
III.- GASTOS DE PATENTAMIENTO:
Las concesionarias se ocupan de las entregas de los autos y, generalmente, el comprador contrata que realicen el patentamiento. Una vez que la unidad es asignada se puede solicitar en la concesionaria un detalle de los gastos de prenda (sólo compras financiadas), flete, seguro, impuestos y demás pagos que deben realizarse para el retiro de la unidad. Esto debe ser entregado con un detalle claro y preciso de cada uno de los pagos que debe realizarse en cumplimiento de la Ley de Defensa del Consumidor, Código Civil y Comercial de la Nación y Resoluciones de la Inspección General de Justicia.
Todos los gastos que no sean claros o se dupliquen se puede solicitar por escrito que se de una explicación sobre el rubro que se pretende o se puede consultar con el Registro Automotor pertinente para que hagan una estimación de los sellados y formularios que se deben pagar.
En caso de falta de información o discriminación se podrá intimar por carta documento o por nota con sello de recepción de la concesionaria en la que se exige una modificación del monto o una aclaración sobre el mismo.
IV.- ATRASO EN LA FACTURACIÓN Y/O ENTREGA DEL VEHÍCULO:
En los casos de atraso en la entrega de un vehículo comprado al contado, si está emitida la factura o el presupuesto emitido está dentro del plazo de vigencia, se podrá intimar para que se entregue en el plazo pactado y que se respete el precio pagado. En algunas operaciones el atraso se debe a que el concesionario no recibe de la terminal automotriz los datos de la unidad para asignarla y esto le impide emitir la factura definitiva pero, si hay diferencia de precio cuando llega la información, no debería ser trasladado al comprador. Por ello cuando se hace un pago se debe exigir la factura de compra o un presupuesto con firma y sello del concesionario oficial a fin de poder exigir que se cumpla con lo pactado sin pagar diferencias.
Los ofrecimientos de cuotas bonificadas y/o gastos sin cargo tienen que estar avalados por un documento que así lo diga. Ese instrumento tiene que ser respaldado por un comprobante oficial de la concesionaria que debe figurar todos los datos para exigir el cumplimiento. Lo mismo ocurre con cualquier publicidad en medios gráficos y/o electrónicos que deben estar relacionadas con sitios oficiales de la concesionaria y/o el plan administrador y/o quien deba hacerse responsable por el cumplimiento.
Si cumplidos los plazos no se hace la entrega del auto hay que realizar los reclamos por escrito para comenzar el proceso de reclamo de los intereses más las indemnizaciones que puedan corresponder de acuerdo a cada situación en particular. Si el conflicto continúa se podrán iniciar las acciones administrativas y/o judiciales que se encuentren habilitadas.
Se deja aclarado que siempre hay que evaluar el caso específico y si necesita nuestro asesoramiento puede enviar un mail a info@estudiosilvanaalonso.com.ar o enviar whatsapp a 15-5622-3506.
Dra. Silvana Alonso
Estudio Silvana Alonso
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