PREPAGAS: COBERTURA CAUTELAR DEL 100 % DE TRATAMIENTO

COBERTURA CAUTELAR DEL 100 % EN TRATAMIENTO DE APNEA DEL SUEÑO:

Las coberturas médicas que tienen que brindan las prepagas por tratamientos tienen un mínimo que es el Programa Médico Obligatorio. Lo que hay que tener en cuenta cuando un médico tratante ordena hacer un tratamiento específico es que la prepaga debería cubrirlo teniendo en cuenta lo que establezca el establezca el Programa Médico Obligatorio, el contrato y si cuenta o no con certificado de discapacidad. Lo contrario está en violación de nuestra Constitución Nacional. La obligación de las prepagas de otorgar una cobertura integral surge con toda claridad atento que su negativa es inconstitucional. La falta de cumplimiento con la cobertura de geriátrico es violatoria del artículo 42 de la Constitución Nacional. El referido artículo dispone: “…los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos…”. Asimismo, dispone que “las autoridades proveerán a la protección de esos derechos…” No puede compararse el servicio de medicina prepaga con cualquier otra actividad comercial ajena a la provisión de servicios esenciales para la población. En el caso de no obtener la cobertura pedida es importante enviar una intimación formal a la prepaga para poder dejar asentado el pedido y la negativa o silencio de la misma. Luego de eso se podrá iniciar el reclamo judicial pertinente y así obtener lo que debieron cubrir desde un principio.
En el expediente “L.E.J. c/ MEDICUS s/ incidente de medida cautelar” la Cámara de apelaciones civil y comercial federal entendió que la prepaga debía cubrir, en forma preventiva, el 100 % del tratamiento por apnea del sueño que padece el actor hasta que se dicte sentencia definitiva.

Es importante prestar mucha atención a los contratos y facturas que envían las prepagas para poder conocer qué corresponde en cada caso.
Se deja aclarado que siempre hay que evaluar el caso específico y si necesita nuestro asesoramiento puede enviar un mail a info@estudiosilvanaalonso.com.ar o enviar whatsapp a 15-5622-3506.

Dra. Silvana Alonso
Estudio Silvana Alonso
Tucumán 1424, Piso 4, Of. "D", CABA
(54) (11) 4371- 4375 / 15-5622-3506





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