COBERTURA
CAUTELAR DEL 100 % EN TRATAMIENTO DE APNEA DEL SUEÑO:
Las coberturas médicas que tienen que brindan las prepagas por tratamientos
tienen un mínimo que es el Programa Médico Obligatorio. Lo que hay que tener en cuenta cuando un médico
tratante ordena hacer un tratamiento específico es que la prepaga debería
cubrirlo teniendo en cuenta lo que establezca el establezca el Programa Médico
Obligatorio, el contrato y si cuenta o no con certificado de discapacidad. Lo contrario está en violación de nuestra Constitución
Nacional. La obligación de las prepagas de otorgar una cobertura integral surge
con toda claridad atento que su negativa es inconstitucional. La falta de
cumplimiento con la cobertura de geriátrico es violatoria del artículo 42 de la
Constitución Nacional. El referido artículo dispone: “…los consumidores y
usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la
protección de su salud, seguridad e intereses económicos…”. Asimismo, dispone
que “las autoridades proveerán a la protección de esos derechos…” No puede
compararse el servicio de medicina prepaga con cualquier otra actividad
comercial ajena a la provisión de servicios esenciales para la población. En
el caso de no obtener la cobertura pedida es importante enviar una intimación
formal a la prepaga para poder dejar asentado el pedido y la negativa o
silencio de la misma. Luego de eso se podrá iniciar el reclamo judicial
pertinente y así obtener lo que debieron cubrir desde un principio.
En el expediente “L.E.J. c/ MEDICUS s/
incidente de medida cautelar” la Cámara de apelaciones civil y comercial
federal entendió que la prepaga debía cubrir, en forma preventiva, el 100 % del
tratamiento por apnea del sueño que padece el actor hasta que se dicte
sentencia definitiva.
Es importante prestar
mucha atención a los contratos y facturas que envían las prepagas para poder
conocer qué corresponde en cada caso.
Se deja aclarado que
siempre hay que evaluar el caso específico y si necesita nuestro asesoramiento
puede enviar un mail a info@estudiosilvanaalonso.com.ar o enviar whatsapp a
15-5622-3506.
Dra. Silvana Alonso
Estudio Silvana Alonso
Tucumán 1424, Piso 4, Of. "D", CABA
(54) (11) 4371- 4375 / 15-5622-3506
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